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Normas, jurisprudencia y pronunciamientos sobre alcohol y drogas: Internacional

  • UNODC: Informe Mundial sobre las Drogas 2026

    World Drug Report 2026 de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito.

    TipoLineamiento internacional
    DenominaciónInforme Mundial sobre las Drogas 2026 (UNODC)
    Autoridad / emisorOficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC)
    Fecha26 de junio de 2026
    País / ámbitoInternacional
    EstadoPor verificar

    Resumen

    El Informe Mundial sobre las Drogas 2026 es la publicación anual de referencia de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) sobre la situación mundial de las drogas. Su propósito declarado es fomentar la cooperación internacional frente a los efectos del problema mundial de las drogas en la salud, la gobernanza y la seguridad, y ayudar a los Estados Miembros a anticipar y enfrentar las amenazas de los mercados de drogas. La edición 2026 se compone de un recurso web interactivo sobre patrones y tendencias de los mercados, con estimaciones mundiales, regionales y subregionales de oferta y demanda; una serie de análisis breves sobre novedades clave; un marco de puntos de interés especial; y un capítulo temático sobre el impacto del consumo de drogas en la seguridad. Según fuentes secundarias, se presentó en Viena el 26 de junio de 2026 y estima que unos 331 millones de personas consumieron drogas en 2024, alrededor de 34 % más que una década antes, con producción récord de cocaína y expansión de drogas sintéticas. No es un instrumento normativo: aporta el contexto epidemiológico más reciente para el diagnóstico de riesgo de los programas empresariales.

    Contenido principal

    • Naturaleza: informe anual de la UNODC; no crea obligaciones jurídicas.
    • Propósito: fomentar la cooperación internacional y ayudar a los Estados a anticipar las amenazas de los mercados de drogas.
    • Componente 1: patrones y tendencias de los mercados, recurso interactivo con estimaciones mundiales, regionales y subregionales.
    • Componente 2: análisis breves (highlights) sobre novedades y temas clave.
    • Componente 3: puntos de interés especial que enmarcan las conclusiones principales.
    • Capítulo temático: impacto del consumo de drogas en la seguridad.
    • Cifra principal (fuente secundaria): unos 331 millones de consumidores en 2024, cerca de 34 % más que una década antes, en parte por crecimiento poblacional y mejores datos.
    • Tendencias (fuente secundaria): producción récord de cocaína y expansión de drogas sintéticas y nuevas sustancias psicoactivas.
    • Advertencias (fuente secundaria): riesgos de salud pública, acceso limitado al tratamiento y vulnerabilidad de los jóvenes.

    ¿Por qué importa para su programa de prevención?

    Aporta el contexto epidemiológico global más reciente para el diagnóstico de riesgo y la justificación de los programas de prevención.

    Fuente oficial

    https://www.unodc.org/unodc/en/data-and-analysis/world-drug-report-2026.html

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    Otras fuentes consultadas

    Resumen informativo elaborado por el equipo de Toxify a partir de la fuente citada, consultada en octubre de 2026. No reproduce el texto oficial ni constituye concepto jurídico: consulte la fuente para conocer el texto completo y su vigencia, y valide su aplicación con un profesional competente.

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  • Reino Unido HSE: gestión del consumo de drogas y alcohol en el trabajo

    Guía web del Health and Safety Executive del Reino Unido para empleadores sobre prevención y manejo del consumo indebido de drogas y alcohol en el trabajo.

    TipoGuía
    DenominaciónManaging drug and alcohol misuse at work (HSE)
    Autoridad / emisorHealth and Safety Executive (HSE)
    Fecha2024
    País / ámbitoReino Unido
    EstadoPor verificar

    Resumen

    Es la guía oficial en línea del Health and Safety Executive, el regulador británico de seguridad y salud en el trabajo, para empleadores que deben manejar el consumo indebido de drogas y alcohol. Se organiza en ocho apartados: panorama general, consulta a los trabajadores, identificación del trabajo crítico para la seguridad, elaboración de una política, tamizaje y pruebas, apoyo a los trabajadores, marco legal y organizaciones útiles. Parte del deber general del empleador de proteger la salud, la seguridad y el bienestar de sus trabajadores, distingue consumo indebido de dependencia y enumera señales de alerta que, por sí solas, no prueban consumo. Recomienda identificar tareas críticas, incorporar el tema a la evaluación de riesgos y adoptar una política acordada que priorice el apoyo y la remisión a ayuda especializada, trate la dependencia con la confidencialidad de cualquier condición médica y prevea reubicación temporal en cargos críticos. Sobre pruebas, exige consentimiento del trabajador, justificación en cargos críticos y que formen parte de una política más amplia. Cita la ley de seguridad y salud, la de drogas y la de tránsito.

    Contenido principal

    • Estructura: ocho apartados (panorama, consulta, trabajo crítico para la seguridad, política, tamizaje y pruebas, apoyo, la ley, organizaciones útiles).
    • Panorama: deber legal del empleador; diferencia entre consumo indebido y dependencia; señales de alerta como ausencias, cambios de conducta, caída de productividad o más accidentes, que también pueden deberse a estrés o enfermedad.
    • Trabajo crítico: identificar tareas con posible desenlace grave (maquinaria, equipos eléctricos, escaleras, conducción, izaje) y usarlo en la evaluación de riesgos.
    • Política: acordada e integrable a la política de seguridad y salud; orientada a ayudar a quien reporte un problema; define cuándo hay acción disciplinaria y puede incluir pruebas; revisión periódica.
    • Tamizaje y pruebas: requieren consentimiento; la negativa sin motivo puede tener consecuencias disciplinarias si hay fundamentos; justificables en cargos críticos; muestras protegidas contra contaminación o manipulación; remite a la EWDTS para fiabilidad.
    • Apoyo: formación de directivos, confidencialidad equiparable a otras condiciones médicas, remisión a médico, servicio especializado o salud ocupacional, y advertencia sobre despidos sin intento de ayuda.
    • La ley: Health and Safety at Work etc. Act (deberes de empleador y trabajador), Misuse of Drugs Act 1971 y Road Traffic Act 1988.

    ¿Por qué importa para su programa de prevención?

    Ofrece un modelo regulatorio de enfoque preventivo y de apoyo, con pruebas consentidas y focalizadas en cargos críticos, útil como comparación internacional para políticas empresariales.

    Fuente oficial

    https://hse.gov.uk/alcoholdrugs

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    Resumen informativo elaborado por el equipo de Toxify a partir de la fuente citada, consultada en octubre de 2026. No reproduce el texto oficial ni constituye concepto jurídico: consulte la fuente para conocer el texto completo y su vigencia, y valide su aplicación con un profesional competente.

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  • OMS: plan de acción mundial sobre el alcohol 2022-2030

    Global alcohol action plan 2022-2030 to strengthen implementation of the Global Strategy to Reduce the Harmful Use of Alcohol.

    TipoLineamiento internacional
    DenominaciónPlan de acción mundial sobre el alcohol 2022-2030
    Autoridad / emisorOrganización Mundial de la Salud (OMS) / Asamblea Mundial de la Salud
    Fecha2022
    País / ámbitoInternacional
    EstadoVigente

    Resumen

    El Plan de acción mundial sobre el alcohol 2022-2030 es un instrumento de la OMS para aplicar con eficacia la Estrategia mundial de 2010 como prioridad de salud pública. Fue adoptado por la 75.ª Asamblea Mundial de la Salud en 2022, tras recomendación del Consejo Ejecutivo, y la OMS publicó el documento final, de 32 páginas, el 20 de junio de 2024. Se dirige a los Estados Miembros, a la Secretaría de la OMS y a otros socios, y propone medidas para los operadores económicos. En la versión presentada al Consejo Ejecutivo (EB150/7 Add.1), el plan fija seis objetivos operativos y seis áreas de acción: estrategias de alto impacto; abogacía y sensibilización; alianzas y coordinación; apoyo técnico y desarrollo de capacidades; conocimiento y sistemas de información; y movilización de recursos. Propone metas mundiales a 2030, como una reducción relativa de al menos 20 % del uso nocivo del alcohol frente a 2010 y que el 75 % de los países tenga políticas nacionales escritas. Menciona el lugar de trabajo al promover entornos saludables y al pedir la recopilación de buenas prácticas para lugares de trabajo. Sirve para alinear metas de programas corporativos.

    Contenido principal

    • Base: desarrolla la Estrategia mundial de 2010; adoptado por la 75.ª AMS (decisión WHA75(11)) y publicado por la OMS el 20-jun-2024 (32 páginas).
    • Párr. 34: seis objetivos operativos (cobertura de políticas de alto impacto, acción multisectorial, salud y atención social, sensibilización, información e investigación, y recursos).
    • Párr. 36: seis áreas de acción, desde la aplicación de estrategias de alto impacto hasta la movilización de recursos.
    • Meta 1.1: reducción relativa de al menos 20 % del uso nocivo del alcohol a 2030, con base en 2010.
    • Meta 1.2: 70 % de los países con opciones de política de alto impacto; meta 2.1: 75 % con políticas nacionales escritas sobre alcohol.
    • Metas 3.1 a 4.2: 50 % de los países con mecanismos de coordinación multisectorial y mayor capacidad nacional y de servicios de salud.
    • Metas 5.1 y 5.2: reporte periódico de datos nacionales sobre consumo, daños, medidas de control y cobertura de tratamiento.
    • Área de acción 2 (párr. 41): incluye la productividad en el lugar de trabajo entre los temas de sensibilización.
    • Área de acción 4 (párr. 45): la Secretaría recopila buenas prácticas para lugares de trabajo y los Estados promueven entornos saludables, incluido el lugar de trabajo.
    • Incluye medidas propuestas para que los operadores económicos contribuyan a reducir el uso nocivo del alcohol.

    ¿Por qué importa para su programa de prevención?

    Define el horizonte de política global sobre alcohol hasta 2030, útil para justificar objetivos e indicadores de los programas corporativos.

    Fuente oficial

    https://www.who.int/publications/i/item/9789240090101

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    Resumen informativo elaborado por el equipo de Toxify a partir de la fuente citada, consultada en octubre de 2026. No reproduce el texto oficial ni constituye concepto jurídico: consulte la fuente para conocer el texto completo y su vigencia, y valide su aplicación con un profesional competente.

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  • OIML R 126-1:2021: requisitos de los alcoholímetros evidenciales

    Recomendación internacional de metrología legal sobre requisitos metrológicos y técnicos de los etilómetros evidenciales (analizadores de alcohol en aliento).

    TipoNorma técnica
    DenominaciónOIML R 126-1:2021 Evidential breath alcohol analysers. Part 1: Metrological and technical requirements
    Autoridad / emisorOrganización Internacional de Metrología Legal (OIML), aprobada por el CIML
    Fecha2021
    País / ámbitoInternacional
    EstadoPor verificar

    Resumen

    Es la recomendación de la Organización Internacional de Metrología Legal que fija los requisitos metrológicos y técnicos de los etilómetros evidenciales, es decir, los analizadores que dan una concentración cuantitativa de alcohol en aire espirado con valor probatorio. La edición 2021 fue aprobada en la 56.ª reunión del Comité Internacional de Metrología Legal, reemplaza a la R 126-1:2012 y se publica en partes separadas; la Parte 2 recoge los procedimientos de ensayo. Excluye los dispositivos preliminares, de pasa/no pasa y de tamizaje, y se limita a equipos que toman la muestra por boquilla. Establece la unidad (mg/L), el intervalo de medida, los errores máximos permitidos para aprobación de modelo, verificación inicial y equipos en servicio, la repetibilidad, la deriva, el efecto memoria, las condiciones mínimas de exhalación, la detección de alcohol en boca, las sustancias interferentes, las condiciones ambientales y los requisitos de software, impresión y almacenamiento de datos. Los países la usan como base de sus reglamentos de metrología legal; la guía colombiana de aire espirado remite a su edición de 2012.

    Contenido principal

    • Alcance (cl. 2): etilómetros evidenciales cuantitativos con boquilla; excluye equipos preliminares, pasa/no pasa y de tamizaje.
    • Unidades (cl. 5 y 6.3): concentración másica en mg/L; división de escala de 0,01 mg/L en modo de medida, con truncamiento y no redondeo.
    • Intervalo (6.1): de 0,00 a por lo menos 2,00 mg/L, con aviso si se supera.
    • Errores máximos permitidos (6.6, tabla 1): aprobación y verificación inicial, el mayor entre 0,020 mg/L y 5 %; verificación posterior y en servicio, el mayor entre 0,030 mg/L y 7,5 %.
    • Repetibilidad, deriva y memoria (6.7-6.9): desviación estándar de hasta un tercio del EMP; límites de deriva de cero, corto y largo plazo y de efecto memoria.
    • Exhalación (6.10.2): error si el volumen es menor de 1,2 L, el flujo menor de 0,1 L/s o la duración menor de 3 s.
    • Alcohol en boca (7.1.8): detección automática documentada del alcohol residual en boca.
    • Ciclo de medida (7.2.2): redundancia opcional; con dos muestras de aliento independientes, la diferencia debe ser menor que dos veces el EMP del resultado menor.
    • Interferentes y ambiente (6.10-6.11): límites para acetona, metanol, isopropanol y monóxido de carbono; rangos de temperatura según equipo fijo, transportable o portátil.
    • Software, impresión y datos (7.1.10, 7.2.1): software según OIML D 31; impresión con identificación del equipo, fecha, hora y resultado; almacenamiento de al menos 1000 mediciones con integridad protegida.

    ¿Por qué importa para su programa de prevención?

    Permite evaluar si un alcohosensor es de grado evidencial o solo de tamizaje y exigir a proveedores especificaciones metrológicas verificables; la guía del INMLCF de 2015 remite a la edición anterior.

    Fuente oficial

    https://www.oiml.org/en/files/pdf_r/r126-1-e21.pdf

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  • UNODC/OMS: Estándares internacionales de prevención del uso de drogas (2.ª ed.)

    Estándares internacionales UNODC/OMS sobre intervenciones y políticas de prevención del consumo de drogas basadas en evidencia, incluidos los programas en el lugar de trabajo.

    TipoGuía
    DenominaciónInternational Standards on Drug Use Prevention, segunda edición (UNODC/OMS)
    Autoridad / emisorOficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) y Organización Mundial de la Salud (OMS)
    Fecha7 de diciembre de 2018
    País / ámbitoInternacional
    EstadoPor verificar

    Resumen

    Es la segunda edición de los estándares internacionales de prevención del consumo de drogas, preparada por la UNODC con la OMS y publicada por la OMS el 7 de diciembre de 2018. Actualiza la primera edición de 2013 con nueva evidencia científica y tras la sesión especial de la Asamblea General de la ONU de 2016 sobre el problema mundial de las drogas. Resume, por etapas de la vida, qué intervenciones y políticas preventivas tienen evidencia y con qué características funcionan, y describe los componentes de un sistema nacional de prevención eficaz. Incluye un apartado sobre programas de prevención en el lugar de trabajo, dirigidos a adultos trabajadores, que suelen combinar prevención, políticas, asesoría y remisión a tratamiento. Para ellos la evidencia proviene de cuatro revisiones y no fue graduada, por lo que no hay recomendaciones formales: muestra posible reducción del consumo de alcohol, sin efecto en tabaco. Por consulta de expertos, asocia buenos resultados con programas construidos con empleadores y trabajadores, confidenciales, con política no punitiva, intervención breve, remisión y reintegro, y con pruebas de alcohol y drogas solo dentro de un programa integral.

    Contenido principal

    • Estructura: introducción (antecedentes, proceso de actualización, limitaciones, desarrollo infantil, ciencia de la prevención y metodología), capítulo I intervenciones y políticas por edad, capítulo II temas que requieren más investigación, capítulo III sistema de prevención eficaz y apéndices.
    • Capítulo I: agrupa intervenciones por primera infancia, niñez media, adolescencia temprana y adolescencia y adultez.
    • Programas en el lugar de trabajo (apartado del cap. I): dirigidos a adultos trabajadores; multicomponente con políticas, asesoría y remisión a tratamiento.
    • Justificación: el consumo afecta salud y seguridad y eleva costos por ausentismo, menor productividad, accidentes y rotación.
    • Evidencia: cuatro revisiones, sin graduación formal y sin recomendaciones; posible reducción del consumo de alcohol, sin efecto en tabaco, sostenibilidad incierta; evidencia sobre todo de Norteamérica y Europa.
    • Características asociadas a resultados positivos: participación de todos los actores, confidencialidad garantizada, política no punitiva y comunicación clara.
    • Más características: intervención breve (incluida la web), asesoría, remisión y reintegro, integración con programas de bienestar, manejo del estrés y formación de directivos y trabajadores.
    • Pruebas: el uso de pruebas de alcohol y drogas se asocia a buenos resultados solo como parte de un programa integral.
    • Capítulo III: sistema eficaz con gama de intervenciones, marco de políticas, base de investigación, sectores, infraestructura y sostenibilidad.

    ¿Por qué importa para su programa de prevención?

    Es la referencia internacional para justificar que un programa empresarial sea integral, confidencial y no punitivo, y que las pruebas sean un componente y no el programa entero.

    Fuente oficial

    https://www.who.int/publications/i/item/international-standards-for-drug-use-prevention-second-edition-2018

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    Resumen informativo elaborado por el equipo de Toxify a partir de la fuente citada, consultada en octubre de 2026. No reproduce el texto oficial ni constituye concepto jurídico: consulte la fuente para conocer el texto completo y su vigencia, y valide su aplicación con un profesional competente.

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  • OMS: iniciativa SAFER para reducir el uso nocivo del alcohol

    Paquete técnico de la OMS con cinco estrategias de alto impacto para reducir el uso nocivo del alcohol.

    TipoLineamiento internacional
    DenominaciónIniciativa SAFER de la OMS
    Autoridad / emisorOrganización Mundial de la Salud (OMS); difundida en las Américas por la OPS
    Fecha28 de septiembre de 2018
    País / ámbitoInternacional
    EstadoPor verificar

    Resumen

    SAFER es una iniciativa y paquete técnico de la OMS, lanzado en 2018 con socios internacionales, que reúne las cinco intervenciones que la organización presenta como las más costo-efectivas para reducir los daños relacionados con el alcohol. Cada letra corresponde a una estrategia: reforzar restricciones a la disponibilidad de alcohol; impulsar y hacer cumplir medidas contra la conducción bajo sus efectos; facilitar el acceso a tamizaje, intervenciones breves y tratamiento; hacer cumplir prohibiciones o restricciones integrales de publicidad, patrocinio y promoción; y aumentar los precios mediante impuestos especiales y políticas de precios. Se dirige a los gobiernos y busca ayudarles a crear o fortalecer instituciones, sostener el apoyo político y público y fijar objetivos de política alcanzables que lleguen a su aplicación y control. La página oficial enlaza un informe de progreso y un manual de implementación de 2026, perfiles de país y experiencias en Sri Lanka, Nepal y Uganda. La OPS la presenta como marco de acción regional. No contiene medidas específicas para el lugar de trabajo, pero sus componentes de tamizaje e intervención breve y de control de la conducción bajo efectos del alcohol pueden trasladarse a programas empresariales, sobre todo en transporte.

    Contenido principal

    • S: reforzar las restricciones a la disponibilidad de alcohol.
    • A: promover y hacer cumplir medidas contra la conducción bajo los efectos del alcohol.
    • F: facilitar el acceso a tamizaje, intervenciones breves y tratamiento.
    • E: hacer cumplir prohibiciones o restricciones integrales de publicidad, patrocinio y promoción.
    • R: aumentar los precios mediante impuestos especiales y políticas de precios.
    • Objetivo declarado: un mundo libre de daños relacionados con el alcohol, con las cinco medidas como las más costo-efectivas.
    • Enfoque institucional: crear o fortalecer instituciones, sostener apoyo político y público y fijar metas alcanzables con aplicación y control.
    • Recursos enlazados: informe de progreso SAFER 2026, manual de implementación 2026 y perfiles de país sobre consumo, carga de enfermedad y respuestas de política.
    • Experiencias de implementación citadas en Sri Lanka, Nepal y Uganda; difusión regional por la OPS.
    • La página oficial no menciona medidas para el lugar de trabajo.

    ¿Por qué importa para su programa de prevención?

    Los componentes de tamizaje e intervención breve y de control de la conducción bajo efectos del alcohol se trasladan directamente a programas laborales, sobre todo en transporte.

    Fuente oficial

    https://www.who.int/initiatives/SAFER

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  • Guías europeas EWDTS para pruebas de drogas en orina en el trabajo

    Directrices de la European Workplace Drug Testing Society sobre recolección, cadena de custodia, análisis, puntos de corte, revisión médica y acreditación en pruebas de drogas en orina en el trabajo.

    TipoGuía
    DenominaciónEuropean Guidelines for Workplace Drug Testing in Urine (EWDTS)
    Autoridad / emisorEuropean Workplace Drug Testing Society (EWDTS)
    Fecha2015
    País / ámbitoInternacional
    EstadoPor verificar

    Resumen

    Son las directrices europeas de buenas prácticas para pruebas de drogas en orina en el ámbito laboral, elaboradas por la European Workplace Drug Testing Society, una sociedad científica, no una autoridad estatal. La primera versión es de 2002; una actualización iniciada en 2014 se publicó en 2015 y se difundió en la revista Drug Testing and Analysis en 2017 (vol. 9, núm. 6). Buscan servir de plantilla para la acreditación de laboratorios que hacen pruebas legalmente defendibles, dejando a cada país sus costumbres y legislación. Cubren todo el proceso: personal y procedimiento de recolección con modelo de consentimiento, cadena de custodia y defectos fatales, organización y personal del laboratorio, tamizaje inicial, confirmación por cromatografía y espectrometría de masas, pruebas de validez de la muestra, informes, revisión toxicológica y médica (MRO), contraanálisis de la muestra B, conservación de positivos y control de calidad. Proponen puntos de corte máximos de tamizaje y confirmación por familia de drogas y exigen laboratorios acreditados con ISO/IEC 17025, aceptando también ISO 15189. La EWDTS publica guías paralelas para fluido oral, cabello y aire espirado.

    Contenido principal

    • Alcance (1.1-1.6): recolección, análisis e interpretación de pruebas de drogas en orina en el trabajo; descripción general del proceso.
    • Recolección (2.1-2.5, anexos A y B): personal, kits y procedimiento; protocolo detallado y modelo de declaración de consentimiento.
    • Cadena de custodia (2.4, 4.2, 4.3, anexo C): contenido del formulario, procedimientos hasta la disposición final, recepción de la muestra y defectos fatales.
    • Laboratorio (3.1-3.9): seguridad y funciones de jefe de laboratorio, científico autorizante, analista, toxicólogo, perito y gestor de calidad.
    • Análisis (4.4-5.4, 6.4): tamizaje con técnicas aceptadas y confirmación con criterios de identificación cromatográfica y de espectrometría de masas.
    • Puntos de corte de tamizaje (tabla 2, ng/mL): p. ej. anfetaminas 500, metabolitos de cannabis 50, metabolitos de cocaína 150, opiáceos 300, benzodiacepinas 200.
    • Puntos de corte de confirmación (tabla 3, ng/mL): p. ej. THC-COOH 15, benzoilecgonina 100, anfetamina/metanfetamina/MDMA 200, morfina 300, 6-monoacetilmorfina 10.
    • Validez de la muestra (4.5): creatinina, densidad, pH, nitritos y otros adulterantes.
    • Interpretación (7, 7.1-7.2) y contraanálisis (8): revisión toxicológica y médica, liberación y análisis de la muestra B.
    • Calidad (3, 5.5, 5.7, 6.1-6.6): acreditación ISO/IEC 17025 (o EN ISO 15189), validación, controles, evaluación externa; positivos conservados a -20 °C o menos por al menos un año.

    ¿Por qué importa para su programa de prevención?

    Es la referencia técnica europea para exigir a laboratorios de confirmación criterios de calidad, puntos de corte y cadena de custodia; útil para fijar requisitos contractuales a proveedores cuando la norma nacional no los define.

    Fuente oficial

    https://ewdts.org/guidelines/

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  • OMS: estrategia mundial para reducir el uso nocivo del alcohol (2010)

    Global strategy to reduce the harmful use of alcohol, respaldada por la 63.ª Asamblea Mundial de la Salud mediante la resolución WHA63.13.

    TipoLineamiento internacional
    DenominaciónEstrategia mundial para reducir el uso nocivo del alcohol (OMS, 2010)
    Autoridad / emisorOrganización Mundial de la Salud (OMS) / Asamblea Mundial de la Salud
    Fecha2010
    País / ámbitoInternacional
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    Resumen

    La Estrategia mundial para reducir el uso nocivo del alcohol es un documento de política de la OMS respaldado por la 63.ª Asamblea Mundial de la Salud mediante la resolución WHA63.13, adoptada el 21 de mayo de 2010. No es vinculante: ofrece a los Estados Miembros un conjunto de opciones de política y medidas que cada país adapta a su contexto religioso y cultural, a sus prioridades de salud pública y a sus recursos. Fija cinco objetivos (sensibilización y compromiso, base de conocimientos, apoyo técnico y capacidad, alianzas y recursos, y vigilancia), ocho principios rectores y diez áreas objetivo para la acción nacional, entre ellas la respuesta de los servicios de salud, la acción comunitaria y las políticas contra la conducción bajo los efectos del alcohol. Para esta última propone límites de alcoholemia más bajos para conductores profesionales, puntos de control de sobriedad y pruebas aleatorias de aliento. La resolución insta a los países a aplicar la estrategia y a informar al sistema de información de la OMS. El texto no trata el lugar de trabajo de forma específica; su utilidad para las empresas está en el enfoque de salud pública y en las medidas sobre conducción.

    Contenido principal

    • Resolución WHA63.13 (21-may-2010, octava sesión plenaria): respalda la estrategia como cartera de opciones de política adaptable por cada país.
    • La resolución insta a aplicar la estrategia, proteger a poblaciones en riesgo y jóvenes, e informar periódicamente al sistema de información de la OMS sobre alcohol y salud.
    • Párr. 10: cinco objetivos (sensibilización y compromiso; conocimiento; apoyo técnico y capacidad; alianzas y movilización de recursos; seguimiento y vigilancia).
    • Párr. 12: ocho principios rectores, letras a) a h), entre ellos la primacía de la salud pública y la protección de quienes deciden no beber.
    • Párr. 16: diez áreas objetivo para la acción nacional, desde liderazgo y compromiso hasta seguimiento y vigilancia.
    • Áreas 2 y 3: respuesta de los servicios de salud y acción comunitaria.
    • Área 4 (párr. 24-26): límite de alcoholemia, más bajo para conductores profesionales, jóvenes o noveles; puntos de control y pruebas aleatorias de aliento; suspensión administrativa de licencias.
    • Áreas 5 a 9: disponibilidad, comercialización, precios, reducción de consecuencias de la intoxicación y del alcohol ilícito o informal.
    • Párr. 43-58: acción mundial en cuatro componentes (abogacía y alianzas, apoyo técnico, conocimiento y movilización de recursos).
    • Sin mención expresa del lugar de trabajo; el párr. 6 b) incluye el empleo entre los sectores de la acción intersectorial.

    ¿Por qué importa para su programa de prevención?

    Marco de política pública que sustenta la prevención del consumo nocivo de alcohol; las empresas pueden alinear sus programas con sus áreas de intervención (detección, intervención breve, conducción).

    Fuente oficial

    https://www.who.int/publications/i/item/9789241599931

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  • OIT: repertorio de recomendaciones sobre alcohol y drogas en el lugar de trabajo

    Management of alcohol- and drug-related issues in the workplace. An ILO code of practice (Oficina Internacional del Trabajo, Ginebra, 1996).

    TipoLineamiento internacional
    DenominaciónRepertorio de recomendaciones prácticas de la OIT: Tratamiento de cuestiones relacionadas con el alcohol y las drogas en el lugar de trabajo
    Autoridad / emisorOrganización Internacional del Trabajo (OIT)
    Fecha1996
    País / ámbitoInternacional
    EstadoPor verificar

    Resumen

    El repertorio de recomendaciones prácticas de la OIT sobre el tratamiento de cuestiones relacionadas con el alcohol y las drogas en el lugar de trabajo es un instrumento no vinculante publicado en Ginebra en 1996, elaborado por una reunión de expertos convocada por el Consejo de Administración. Se dirige a empleadores, trabajadores y sus representantes, y a las autoridades, y aclara que las normas nacionales, leyes o convenios colectivos más protectores prevalecen sobre él. Parte de tratar los problemas de alcohol y drogas como cuestiones de salud. Pide que la empresa formule por escrito, junto con los trabajadores, una política sobre alcohol y drogas, que evalúe conjuntamente sus efectos y que identifique las condiciones de trabajo que contribuyen al problema. Recomienda restricciones aplicables por igual a directivos y trabajadores, información y formación para todo el personal y formación adicional para supervisores. Considera que las pruebas plantean cuestiones éticas y jurídicas y deben sujetarse a la legislación nacional, con principios rectores en un anexo. Prefiere el asesoramiento, el tratamiento y la rehabilitación a la sanción, protege la confidencialidad médica y rechaza la discriminación por consumo pasado o actual. En la práctica, es la plantilla de referencia para estructurar una política corporativa.

    Contenido principal

    • Cap. 1, disposiciones generales: proteger la salud y la seguridad y prevenir accidentes (1.1.1); prevalecen las normas nacionales o convenios más protectores (1.2.2).
    • Cap. 2, obligaciones y derechos: el empleador puede adoptar medidas ante trabajadores cuyo consumo afecte el trabajo (2.2.5); coopera con las autoridades sin deber propio de aplicar la ley penal de drogas (2.2.6).
    • Cap. 3, política: formulación por escrito con los trabajadores y sus representantes (3.1.1) y evaluación conjunta de los efectos del consumo (3.3.1).
    • Cap. 4, buenas prácticas de empleo: identificar situaciones laborales que contribuyen al problema (4.1.1) y no reubicar a rehabilitados en esas situaciones cuando sea posible (4.3.1).
    • Cap. 5, restricciones: las de alcohol aplican por igual a dirección y trabajadores (5.1.3); no se paga salario en alcohol o drogas (5.5.1).
    • Cap. 6, información, educación y formación para todos los trabajadores (6.1.1), con formación adicional a supervisores para reconocer cambios de desempeño (6.3.1).
    • Cap. 7, identificación: por autoevaluación, de manera informal o formal por el empleador (7.1.1); las pruebas se sujetan a la legislación y práctica nacionales (7.2.1-7.2.2).
    • Cap. 8, asistencia, tratamiento y rehabilitación: sin discriminación y con seguridad en el empleo (8.2.1); los servicios de salud no revelan diagnóstico ni tratamiento al empleador (8.6.1).
    • Cap. 9, intervención y disciplina: ofrecer asesoramiento y tratamiento antes de medidas disciplinarias, que caben si el trabajador no coopera (9.1.1 y 9.2.1).
    • Cap. 10 y anexos: no discriminación y confidencialidad de lo revelado (10.1.1-10.1.2); anexos I a VI, entre ellos los elementos de un programa (I) y los principios sobre pruebas (V).

    ¿Por qué importa para su programa de prevención?

    Es la referencia internacional de base para diseñar políticas empresariales de alcohol y drogas con enfoque de salud, participación de los trabajadores, confidencialidad y pruebas con garantías.

    Fuente oficial

    https://www.ilo.org/resource/management-alcohol-and-drug-related-issues-workplace

    Leer el texto oficial ↗Más de Internacional

    Otras fuentes consultadas

    Resumen informativo elaborado por el equipo de Toxify a partir de la fuente citada, consultada en octubre de 2026. No reproduce el texto oficial ni constituye concepto jurídico: consulte la fuente para conocer el texto completo y su vigencia, y valide su aplicación con un profesional competente.

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    Toxify relaciona cada requisito con su fundamento y lo convierte en políticas, procedimientos e indicadores para su organización.

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  • OACI Doc 9654: prevención del uso problemático de sustancias en la aviación

    Manual on Prevention of Problematic Use of Substances in the Aviation Workplace (Doc 9654), 1.ª edición, 1995; relacionado con el Anexo 1, 1.2.7.

    TipoLineamiento internacional
    DenominaciónOACI Doc 9654 – Manual sobre prevención del uso problemático de sustancias en el lugar de trabajo en la aviación
    Autoridad / emisorOrganización de Aviación Civil Internacional (OACI)
    Fecha1995
    País / ámbitoInternacional
    EstadoPor verificar

    Resumen

    El Doc 9654 de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) es el Manual sobre prevención del uso problemático de sustancias en el lugar de trabajo en la aviación, cuya 1.ª edición data de 1995. Responde al riesgo que las sustancias psicoactivas representan para la seguridad operacional y sirve a los Estados como herramienta para fijar políticas, y a las autoridades de licencias como base de estrategias nacionales; también orienta a aerolíneas y otros empleadores para aplicar esas políticas de manera costo-efectiva, protegiendo la seguridad y el bienestar del personal. Tiene cinco capítulos: introducción; educación del personal aeronáutico; identificación, tratamiento y rehabilitación; consecuencias laborales del uso problemático; y programas de pruebas bioquímicas. Se relaciona con el Anexo 1 al Convenio de Chicago, cuyo numeral 1.2.7 impide a los titulares de licencias ejercer sus atribuciones bajo efectos de sustancias psicoactivas y hacer uso problemático de ellas, y recomienda retirarlos de funciones críticas con posible reintegro tras tratamiento. Un documento informativo presentado por India a la 42.ª Asamblea (2025) señala que el manual orienta poco sobre valores de referencia de las pruebas y pide actualizarlo. Es referencia para programas en aerolíneas, aeropuertos y mantenimiento.

    Contenido principal

    • Edición: 1.ª edición, 1995 (Doc 9654), catalogado en medicina aeronáutica.
    • Destinatarios: responsables de política y autoridades de licencias de los Estados; aerolíneas y otros empleadores.
    • Cap. 1: introducción.
    • Cap. 2: educación del personal aeronáutico.
    • Cap. 3: identificación, tratamiento y rehabilitación.
    • Cap. 4: consecuencias laborales del uso problemático de sustancias.
    • Cap. 5: programas de pruebas bioquímicas.
    • Anexo 1, 1.2.7.1 y 1.2.7.2 (según A42-WP/214): no ejercer atribuciones bajo efectos de sustancias psicoactivas ni hacer uso problemático.
    • Anexo 1, 1.2.7.3 (recomendación): identificar y retirar de funciones críticas, con reintegro tras tratamiento exitoso o cese del uso problemático.
    • A42-WP/214 (India, 29-jul-2025): orientación limitada sobre valores de referencia y llamado a actualizar o emitir nueva guía.

    ¿Por qué importa para su programa de prevención?

    Referencia obligada para programas de alcohol y drogas en aerolíneas, aeropuertos y mantenimiento aeronáutico, y base de las reglamentaciones nacionales de aviación civil.

    Fuente oficial

    https://store.icao.int/en/manual-on-prevention-of-problematic-use-of-substances-in-the-aviation-workplace-doc-9654

    Leer el texto oficial ↗Más de Internacional

    Otras fuentes consultadas

    Resumen informativo elaborado por el equipo de Toxify a partir de la fuente citada, consultada en octubre de 2026. No reproduce el texto oficial ni constituye concepto jurídico: consulte la fuente para conocer el texto completo y su vigencia, y valide su aplicación con un profesional competente.

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