Categoría: Pronunciamientos

Pronunciamientos sobre prevención y control de alcohol y drogas

  • EE. UU. FDA: regulación de las pruebas de drogas de abuso

    Página informativa de la FDA sobre la regulación de las pruebas de drogas de abuso (IVD).

    TipoPronunciamiento
    DenominaciónFDA – Pruebas de drogas de abuso como diagnósticos in vitro
    Quién se pronunciaFood and Drug Administration (FDA)
    FechaPor verificar
    País / ámbitoEstados Unidos
    NaturalezaDeclaración pública, no es norma vinculante

    Resumen

    La página de la Administración de Alimentos y Medicamentos de EE. UU. (FDA) sobre pruebas de drogas de abuso explica cómo la agencia regula estos productos como diagnósticos in vitro vendidos a consumidores o a profesionales de la salud en ese país. La FDA revisa muchas de estas pruebas antes de su comercialización: diseño y desempeño de la prueba y del sistema de recolección, instrucciones e insertos, para un uso fácil y exacto. Cada tipo de prueba tiene un código de producto de tres letras y los ejemplos listados figuran como dispositivos de Clase 2, como anfetaminas, benzodiacepinas, cannabinoides, cocaína, metanfetamina y opiáceos. En general, la agencia no revisa pruebas cuyo etiquetado indica que se destinan solo a empleo o seguros. Remite a la base de resúmenes de decisión 510(k), consultable por el panel de Toxicología, a una base de pruebas de venta libre y a la base de clasificación, e incluye ejemplos de pruebas en orina, fluido oral, incluido el uso laboral, y cabello. Los problemas con estos dispositivos pueden notificarse a MedWatch. La página indica contenido actualizado al 6 de octubre de 2026. Sirve para verificar el estatus regulatorio de kits usados en programas laborales.

    ¿Qué se dijo?

    • Alcance: pruebas de drogas de abuso como diagnósticos in vitro vendidas a consumidores o profesionales en EE. UU.
    • Revisión previa a la venta de muchas pruebas: diseño, desempeño, sistemas de recolección, instrucciones e insertos.
    • Códigos de producto de tres letras; ejemplos de Clase 2: anfetamina (DKZ), benzodiacepina (JXM), cannabinoides (LDJ), cocaína (DIO), metanfetamina (LAF) y opiáceos (DJG).
    • Excepción: en general no se revisan pruebas rotuladas solo para empleo o seguros.
    • Base 510(k) de resúmenes de decisión, consultable por número, solicitante, dispositivo o panel de Toxicología.
    • Búsqueda por marca para identificar pruebas de diseño idéntico vendidas con otros nombres.
    • Base de pruebas de venta libre y base de clasificación para otros códigos de producto.
    • Ejemplos de resúmenes: orina (venta libre, consultorio y laboratorio), fluido oral (laboratorio y lugar de trabajo) y cabello (venta libre).
    • Notificación voluntaria de problemas mediante MedWatch.
    • Contenido actualizado al 6-oct-2026; enlaces a páginas sobre pruebas caseras y kits de recolección.

    ¿Por qué importa para su programa de prevención?

    Clave para la validación regulatoria de reactivos IVD de tamizaje: distingue pruebas autorizadas por la FDA de las de uso exclusivamente laboral.

    Fuente

    https://www.fda.gov/medical-devices/in-vitro-diagnostics/drugs-abuse-tests

    Ver la fuente ↗Más de Estados Unidos

    Resumen informativo elaborado por el equipo de Toxify a partir de la fuente citada, consultada en octubre de 2026. No reproduce el texto oficial ni constituye concepto jurídico: consulte la fuente para conocer el texto completo y su vigencia, y valide su aplicación con un profesional competente.

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  • Canadá: orientación federal sobre deterioro por sustancias en el trabajo

    Orientación del Gobierno de Canadá para lugares de trabajo de jurisdicción federal sobre deterioro por cannabis, alcohol y otras sustancias.

    TipoPronunciamiento
    DenominaciónPreguntas y respuestas sobre deterioro (impairment) en el lugar de trabajo – Programa Laboral de ESDC
    Quién se pronunciaEmployment and Social Development Canada (ESDC) – Labour Program
    FechaPor verificar
    País / ámbitoCanadá
    NaturalezaDeclaración pública, no es norma vinculante

    Resumen

    La página de preguntas y respuestas sobre deterioro en el lugar de trabajo del Programa Laboral de Employment and Social Development Canada (ESDC) orienta a empleadores y trabajadores bajo jurisdicción federal. Define el deterioro como una reducción del funcionamiento físico o mental que puede poner en riesgo al trabajador y a terceros, y enumera causas como alcohol, cannabis, drogas ilegales, ciertos medicamentos, fatiga y algunas condiciones médicas. Explica que el Código Laboral de Canadá no tiene una disposición específica sobre drogas y alcohol, pero exige programas de prevención de riesgos que pueden incluir políticas de deterioro, y que fumar o vapear cannabis está prohibido en los lugares de trabajo federales desde el 17 de octubre de 2018. Señala que las pruebas se rigen por decisiones arbitrales, de derechos humanos y judiciales: probar a puestos sensibles para la seguridad suele admitirse en situaciones específicas, y las aleatorias solo con problema demostrado, proporcionalidad y acomodación. El cannabis medicinal se acomoda como cualquier medicamento. Para los trabajadores, describe el deber de trabajar con seguridad, de reportar riesgos y el derecho a rechazar trabajo peligroso. La página se modificó por última vez el 9 de septiembre de 2022.

    ¿Qué se dijo?

    • Preguntas 1 y 2: definición de deterioro y causas (alcohol, cannabis, drogas ilegales, medicamentos, fatiga y condiciones médicas).
    • Pregunta 3: el cannabis medicinal se trata como medicamento con prescripción; deber de acomodación hasta la carga excesiva.
    • Pregunta 4: el Código Laboral no regula drogas y alcohol de forma específica; los programas de prevención de riesgos pueden incluir políticas de deterioro.
    • Pregunta 4: la Cannabis Act modificó la Non-Smokers' Health Act para prohibir fumar o vapear cannabis en lugares de trabajo federales desde el 17-oct-2018.
    • Pregunta 5: remite a guías del CCOHS para redactar la declaración de política de SST.
    • Pregunta 6: pruebas regidas por decisiones arbitrales, de derechos humanos y judiciales, caso por caso; admisibles en puestos sensibles en situaciones específicas.
    • Pregunta 6: aleatorias solo con problema demostrado, respuesta proporcionada y acomodación de quien da positivo; remite a la guía de la Comisión Canadiense de Derechos Humanos.
    • Pregunta 7: alternativas a las pruebas (observación, supervisión y conversaciones frecuentes), con enfoque de seguridad primero.
    • Pregunta 8: en eventos después del trabajo el empleador puede fijar su propia política.
    • Preguntas 9 y 10: deberes del trabajador, reporte por el proceso interno de la Parte II y derecho a rechazar trabajo peligroso (art. 128).

    ¿Por qué importa para su programa de prevención?

    Resume el estándar canadiense aplicable (acomodación, proporcionalidad de pruebas) para empresas con operaciones federales en Canadá.

    Fuente

    https://www.canada.ca/en/employment-social-development/services/health-safety/cannabis-workplace/questions-answers.html

    Ver la fuente ↗Más de Canadá

    Resumen informativo elaborado por el equipo de Toxify a partir de la fuente citada, consultada en octubre de 2026. No reproduce el texto oficial ni constituye concepto jurídico: consulte la fuente para conocer el texto completo y su vigencia, y valide su aplicación con un profesional competente.

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  • Proyecto de Aerocivil 2026: su programa interno de prevención de alcohol, tabaco y SPA

    Proyecto normativo publicado para consulta en agosto de 2026 que actualiza el programa de prevención y control del consumo de alcohol, tabaco y SPA de Aerocivil.

    TipoPronunciamiento
    DenominaciónProyecto de resolución de Aerocivil sobre su programa de prevención de alcohol, tabaco y SPA (2026)
    Quién se pronunciaUnidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil)
    Fecha2026
    País / ámbitoColombia
    NaturalezaDeclaración pública, no es norma vinculante

    Resumen

    Proyecto de resolución de la Aerocivil, publicado para consulta pública en agosto de 2026 y difundido por Redjurista el 28 de agosto, que modificaría la Resolución 3104 de 2015, con la que la entidad adoptó el Programa Único de Prevención y Control de SPA para la Aerocivil y el sector aeronáutico, y derogaría la Resolución 3496 de 2017. Lo firmaría el Director General Arnaud Penent D'Izarn. Sus considerandos invocan la Ley 1566 de 2012, la Ley 1562 de 2012, el Decreto 1072 de 2015, la Resolución 40595 de 2022 y la Resolución 1843 de 2025, y citan un concepto de la Secretaría de Autoridad Aeronáutica del 22 de enero de 2026 según el cual las obligaciones de los RAC sobre alcohol y SPA son regulación aeronáutica especial. El texto separa el programa sectorial, de seguridad operacional y a cargo de la autoridad aeronáutica bajo los RAC, del programa de gestión de SPA que la entidad debe aplicar como empleadora dentro de su SG-SST, liderado por la Dirección de Gestión Humana a través del grupo de seguridad y salud en el trabajo. Prevé una consulta de quince días calendario en el SUCOP. No tiene número ni fecha de firma.

    ¿Qué se dijo?

    • Quién: Aerocivil; firmaría el Director General Arnaud Penent D'Izarn; proyectado por el Grupo de Seguridad y Salud en el Trabajo.
    • Cuándo y estado: proyecto publicado para consulta en agosto de 2026 (día en blanco en el texto) por quince días calendario en el SUCOP; Redjurista lo difundió el 28 de agosto de 2026.
    • Objeto: modificar los arts. 1 y 2 de la Resolución 3104 de 2015 y derogar la Resolución 3496 de 2017.
    • Considerandos normativos: Ley 1566 de 2012, Ley 1562 de 2012, Decreto 1072 de 2015, Resolución 0312 de 2019 (art. 16), Resolución 40595 de 2022 y Resolución 1843 de 2025.
    • Concepto citado: radicado de la Secretaría de Autoridad Aeronáutica del 22 de enero de 2026, que ubica las obligaciones de los RAC sobre alcohol y SPA en la regulación aeronáutica especial.
    • Nuevo art. 1: programa único sectorial dirigido a servidores, empresas aéreas, centros de instrucción, talleres, servicios de escala, concesionarios y personal aeronáutico; su parágrafo distingue el programa de SPA del SG-SST de la entidad como empleadora.
    • Nuevo art. 2: el Grupo Interno de Trabajo de SST formula, administra, implementa, hace seguimiento y evalúa el programa de SPA; la Dirección de Gestión Humana coordina y las demás dependencias apoyan.
    • Arts. 3-4: publicación en el Diario Oficial y vigencia desde entonces, con derogatoria de la Resolución 3496 de 2017.
    • Observación: el proyecto no menciona expresamente el RAC 120.

    ¿Por qué importa para su programa de prevención?

    Ilustra cómo una entidad separa la regulación sectorial de seguridad de su propio programa laboral de prevención, un modelo útil para empresas con doble régimen.

    Fuente

    https://www.redjurista.com/Compilaciones2018/tablas_ProyectosNormas/2026/08/28/pr_ac_0013aj_2026.pdf

    Ver la fuente ↗Más de Colombia

    Resumen informativo elaborado por el equipo de Toxify a partir de la fuente citada, consultada en octubre de 2026. No reproduce el texto oficial ni constituye concepto jurídico: consulte la fuente para conocer el texto completo y su vigencia, y valide su aplicación con un profesional competente.

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  • Proyecto de Ley 350 de 2025 Cámara: reducción de daños y Ley 1566 de 2012

    Proyecto de ley que modifica la Ley 1566 de 2012 para fijar lineamientos de una política de reducción de riesgos y daños en el consumo de SPA.

    TipoPronunciamiento
    DenominaciónProyecto de Ley 350 de 2025 Cámara (reducción de daños)
    Quién se pronunciaCongreso de la República – Cámara de Representantes (autores: Daniel Carvalho, Agmeth Escaf, Alejandro García, Alirio Uribe, Jennifer Pedraza, Juan Carlos Lozada, Leider Vásquez)
    Fecha17 de septiembre de 2025
    País / ámbitoColombia
    NaturalezaDeclaración pública, no es norma vinculante

    Resumen

    Proyecto de ley radicado en la Cámara de Representantes el 17 de septiembre de 2025 por siete congresistas, que busca modificar la Ley 1566 de 2012 para fijar lineamientos de una política de reducción de riesgos y daños en el consumo de sustancias psicoactivas. Fue asignado a la Comisión Séptima y el 14 de octubre de 2025 se designó ponente único a Agmeth Escaf, quien rindió ponencia positiva para primer debate, publicada en la Gaceta del Congreso 2175 del 14 de noviembre de 2025. El articulado define la reducción de daños como enfoque transversal de salud pública, basado en evidencia, que complementa la prevención y no la reemplaza; fija objetivos como acciones diferenciadas, capacidades comunitarias y monitoreo de riesgos químicos en circulación; permite financiar estos programas con recursos del FRISCO, y ordena a las entidades territoriales y al Gobierno implementar acciones. Excluye el tabaco. La exposición de motivos recuerda proyectos similares archivados entre 2021 y 2023. No regula el trabajo directamente; su relevancia para las empresas está en el marco de salud pública sobre el que se apoyan los programas de prevención.

    ¿Qué se dijo?

    • Quién: autores Daniel Carvalho, Agmeth Escaf, Alejandro García, Alirio Uribe, Jennifer Pedraza, Juan Carlos Lozada y Leider Vásquez; ponente único Agmeth Escaf.
    • Cuándo: radicado el 17 de septiembre de 2025; ponente designado el 14 de octubre de 2025; informe de ponencia positiva para primer debate en la Gaceta 2175 del 14 de noviembre de 2025.
    • Art. 1 (objeto): modifica la Ley 1566 de 2012 y fija lineamientos de reducción de riesgos y daños con enfoque sociosanitario y diferencial; su parágrafo excluye el tabaco, regido por el Convenio Marco de la OMS.
    • Art. 2: define la reducción de riesgos y daños como enfoque transversal de salud pública, basado en evidencia, que complementa la prevención y protege a niños, niñas y adolescentes.
    • Art. 3: seis objetivos, entre ellos acciones diferenciadas con enfoque étnico y de género, fortalecimiento comunitario y monitoreo y alerta de riesgos químicos en circulación.
    • Art. 4: modifica el parágrafo 3 del art. 2 de la Ley 1566 para que recursos del FRISCO financien programas de reducción de daños y prevención.
    • Artículo nuevo (3A): entidades territoriales y Gobierno nacional deben implementar acciones de reducción de daños según lineamientos de los ministerios de Salud y de Justicia, entre otros.
    • Exposición de motivos: recuerda el PL 223 de 2021, dos iniciativas de 2022 y el PL 225 de 2023, todas archivadas; cita datos de Medicina Legal sobre muertes asociadas al alcohol entre 2013 y 2020.
    • Impacto fiscal: los autores sostienen que el proyecto no ordena gasto ni otorga beneficios tributarios.
    • Estado: no se verificó en fuente oficial si el proyecto avanzó después de la ponencia para primer debate.

    ¿Por qué importa para su programa de prevención?

    No regula el trabajo, pero de aprobarse cambiaría el marco de salud pública (Ley 1566 de 2012) sobre el que se apoyan los programas empresariales.

    Fuente

    https://www.redjurista.com/Compilaciones2018/gacetasCongreso/2025/gc_2175_2025.pdf

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  • MinTrabajo presenta la Resolución 1843 de 2025 sobre evaluaciones médicas ocupacionales

    Comunicación del Ministerio del Trabajo al expedir la nueva norma de evaluaciones médicas ocupacionales, que incluye reglas sobre pruebas de alcohol y SPA.

    TipoPronunciamiento
    DenominaciónMinTrabajo presenta la Resolución 1843 de 2025
    Quién se pronunciaMinisterio del Trabajo
    Fecha8 de mayo de 2025
    País / ámbitoColombia
    NaturalezaDeclaración pública, no es norma vinculante

    Resumen

    El 8 de mayo de 2025, medios especializados y económicos informaron sobre la expedición de la Resolución 1843 de 2025 del Ministerio del Trabajo, firmada el 29 de abril. ConsultorSalud atribuyó al Ministerio, de forma institucional y sin un funcionario identificado, el propósito de proteger la salud de los trabajadores, y destacó que las pruebas de alcohol y sustancias psicoactivas quedan limitadas a actividades de riesgo dentro del SG-SST. Portafolio, en nota de Javier Acosta, resumió los tipos de prueba (aire espirado, sangre y SPA), su finalidad preventiva, la lista de cargos de riesgo en los que no se requiere autorización del trabajador y la articulación con la Resolución 40595 de 2022, además de la prohibición de exigir pruebas de embarazo, VIH y VDRL. No se halló un comunicado oficial en el sitio del Ministerio; lo descrito por la prensa coincide con el texto de la resolución consultado en el normograma oficial. El valor de este registro es mostrar cómo se presentó públicamente la norma; no añade obligaciones distintas a las del texto, que debe consultarse directamente.

    ¿Qué se dijo?

    • Quién: el Ministerio del Trabajo, según la cobertura de ConsultorSalud (página firmada por Nathalia Moreno González) y de Portafolio (Javier Acosta); ninguna nota cita a un funcionario con nombre.
    • Cuándo: ambas notas se publicaron el 8 de mayo de 2025; la resolución es del 29 de abril de 2025.
    • Mensaje atribuido: el objetivo de la norma es proteger la salud de los trabajadores y prevenir la enfermedad laboral.
    • Pruebas de alcohol y SPA (ConsultorSalud): solo en actividades de alto riesgo y dentro del marco técnico del SG-SST.
    • Pruebas de alcohol y SPA (Portafolio): finalidad preventiva, justificación en el SG-SST, articulación con la Res. 40595 de 2022 y lista de cargos sin autorización del trabajador, incluidas las clases de riesgo IV y V.
    • Antidiscriminación: ambas notas destacan la prohibición de exigir pruebas de embarazo y de VIH; Portafolio menciona también la VDRL (art. 21).
    • Otros puntos según ConsultorSalud: entrega de perfiles y matrices de riesgo a las IPS y plazo de 20 días calendario para implementar recomendaciones médicas (no contrastado en este registro con el articulado).
    • Estado: no se localizó comunicado oficial en mintrabajo.gov.co; ConsultorSalud solo enlaza a la página de inicio del Ministerio.
    • Fuente: cobertura periodística secundaria; para obligaciones, prevalece el texto oficial de la Resolución 1843 de 2025.

    ¿Por qué importa para su programa de prevención?

    Señala la posición oficial reciente: pruebas sí, pero preventivas, justificadas por el riesgo del cargo e integradas al sistema de seguridad y salud en el trabajo.

    Fuente

    https://consultorsalud.com/mintrabajo-normativa-salud-trabajadores/

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    Otras fuentes consultadas

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  • Proyecto de Aerocivil para modificar el RAC 120 (programa de sustancias en aviación)

    Proyecto normativo (no expedido según lo verificado) para armonizar el RAC 120 con la enmienda 2 del LAR 120.

    TipoPronunciamiento
    DenominaciónProyecto de resolución de Aerocivil que modifica el RAC 120
    Quién se pronunciaUnidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil)
    Fecha10 de julio de 2024
    País / ámbitoColombia
    NaturalezaDeclaración pública, no es norma vinculante

    Resumen

    Proyecto de resolución de la Aerocivil, en formato fechado el 10 de julio de 2024 y a nombre del Director General Sergio París Mendoza, que modificaría secciones del RAC 120 sobre prevención y control del consumo indebido de sustancias psicoactivas en el personal aeronáutico. Su motivación es armonizar el reglamento con el LAR 120 del SRVSOP, segunda edición, enmienda 2 de febrero de 2023, a partir de una propuesta de Brasil, Argentina y Colombia aceptada en la reunión RPEL/17 de 2022. El texto extiende el programa a los centros de instrucción y sus alumnos, fija una validez de cinco años para los programas, exige declaración de conformidad y regula supervisores, representante designado, instrucción periódica y documentación. En exámenes establece un panel mínimo de seis grupos, corte de alcohol de 20 mg/dL, consentimiento por muestra, confirmación de positivos, tasas aleatorias escalonadas, plazos posaccidente y seguimiento tras el reintegro. Ante negativa o positivo prevé consecuencias sobre licencias y aptitud psicofísica y aviso a Aerocivil en 48 horas. Redjurista publicó copias en noviembre de 2024 y febrero de 2025; no se confirmó su adopción.

    ¿Qué se dijo?

    • Quién y estado: Aerocivil, Director General Sergio París Mendoza; proyecto sin número ni fecha de expedición, en formato versión 10 del 10 de julio de 2024.
    • Considerandos: Convenio de Chicago (art. 37), adhesión al SRVSOP (convenio del 26 de julio de 2011), Res. 06352 de 2013 y enmienda del LAR 120 aceptada en la RPEL/17 (Lima, septiembre de 2022).
    • 120.001: definiciones, entre ellas corte de alcohol de 20 mg/dL y prueba confirmatoria con metodología química distinta del tamizaje.
    • 120.005-120.030: aplicación a personal con funciones sensibles, centros de instrucción y alumnos; programa obligatorio, declaración de conformidad, validez de cinco años, prohibiciones y selección aleatoria; recomienda examinar a todo el personal al menos cada 24 meses.
    • 120.100-120.105: la negativa acarrea rechazo de licencias por al menos un año, suspensión de atribuciones y de aptitud psicofísica; aviso a Aerocivil en 48 horas.
    • 120.200-120.230: instrucción inicial y actualización cada 36 meses como máximo, material educativo, divulgación, supervisores y representante designado.
    • 120.300-120.315: confirmación de positivos, laboratorio acreditado, derecho informado a negarse, aviso de positivos en 48 horas, panel de seis grupos y consentimiento expreso por muestra.
    • 120.320: examen previo (repetido si pasan más de 180 días), aleatorio con tasas de 50 %, 25 % o 10 % según tamaño, posaccidente (8 horas alcohol, 32 horas otras SPA), sospecha justificada, reintegro tras 2 años (3 si reincide) y al menos seis pruebas de seguimiento en 12 meses.
    • 120.325-120.335 y cap. E: registros con acceso controlado, confidencialidad, personal en el exterior, evaluación por especialista en adicciones y rehabilitación ambulatoria o con internación.
    • Arts. 2-5: incorporación a la versión oficial de los RAC, sin diferencias con los estándares OACI, y vigencia desde su publicación en el Diario Oficial.

    ¿Por qué importa para su programa de prevención?

    Anticipa un endurecimiento de los requisitos de pruebas en aviación que las empresas del sector deben seguir de cerca.

    Fuente

    https://www.redjurista.com/Compilaciones2018/tablas_ProyectosNormas/2025/02/13/pr_ac_0005aj_2025.pdf

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