Controlled Substances and Alcohol Use and Testing, aplicable a conductores con licencia comercial (CDL) y sus empleadores.
| Tipo | Reglamento |
|---|---|
| Denominación | 49 CFR Part 382 – Uso y pruebas de sustancias controladas y alcohol (FMCSA) y Drug & Alcohol Clearinghouse |
| Autoridad / emisor | Federal Motor Carrier Safety Administration (FMCSA) – DOT |
| Fecha | 5 de diciembre de 2016 |
| País / ámbito | Estados Unidos |
| Estado | Vigente |
Resumen
La Parte 382 del Título 49 del CFR, administrada por la Federal Motor Carrier Safety Administration (FMCSA), regula el uso y las pruebas de alcohol y sustancias controladas en conductores de vehículos comerciales. Su finalidad es prevenir accidentes y lesiones causados por el consumo de estas sustancias. Aplica a empleadores, conductores y agentes de servicio vinculados con la operación de vehículos que exigen licencia comercial (CDL), con exclusiones como ciertos militares y operaciones agrícolas o de bomberos. Prohíbe funciones sensibles con concentración de alcohol de 0,04 o más, beber en servicio o en las cuatro horas previas, negarse a una prueba y consumir sustancias controladas sin una prescripción adecuada. Exige pruebas preempleo, posaccidente, aleatorias, por sospecha razonable, de regreso al trabajo y de seguimiento, con tasas aleatorias mínimas anuales de 10 % para alcohol y 50 % para drogas. Regula el manejo de resultados, la confidencialidad, las consecuencias para el conductor y la formación. Su subparte G crea el Drug and Alcohol Clearinghouse, registro nacional de infracciones que los empleadores consultan antes de contratar y cada año. Las pruebas se practican conforme a la Parte 40 del DOT.
Contenido principal
- Subparte A (382.101-382.123): propósito (382.101) y ámbito con exclusiones (382.103); el conductor independiente necesita un pool aleatorio de al menos dos personas.
- Subparte B: alcohol de 0,04 o más (382.201), consumo en servicio (382.205), en las 4 horas previas (382.207) y durante 8 horas tras un accidente o hasta la prueba (382.209).
- 382.211 a 382.215: negativa a pruebas; sustancias de la Lista I prohibidas y otras solo con prescripción que no afecte la conducción; positivos y muestras adulteradas o sustituidas.
- 382.301: prueba preempleo obligatoria para drogas; la de alcohol es opcional.
- 382.303: posaccidente; alcohol, registrar si no se hace en 2 horas y desistir a las 8; drogas, desistir a las 32 horas.
- 382.305: aleatorias con mínimo anual de 10 % para alcohol y 50 % para drogas, sin aviso y repartidas en el año.
- 382.307: sospecha razonable basada en observaciones específicas de un supervisor capacitado, documentadas en 24 horas.
- 382.309 y 382.311: regreso al trabajo y seguimiento conforme a la Parte 40, subparte O.
- Subpartes D a F (382.401-382.605): manejo de resultados, archivo y confidencialidad; consecuencias para el conductor; información, formación y remisión.
- Subparte G (382.701-382.727): Clearinghouse, consentimiento, reporte (382.705), acceso estatal (382.725) y sanciones (382.727); desde el 6-ene-2023 sustituye la consulta a empleadores previos (382.413(b)).
¿Por qué importa para su programa de prevención?
Modelo de registro centralizado de infracciones y de verificación previa a la contratación, útil como referencia para empresas de transporte y contratistas.
Fuente oficial
https://www.ecfr.gov/current/title-49/subtitle-B/chapter-III/subchapter-B/part-382
Leer el texto oficial ↗Más de Estados Unidos
Otras fuentes consultadas
- https://www.ecfr.gov/current/title-49/subtitle-B/chapter-III/subchapter-B/part-382/subpart-G
- https://clearinghouse.fmcsa.dot.gov/Learn
Resumen informativo elaborado por el equipo de Toxify a partir de la fuente citada, consultada en octubre de 2026. No reproduce el texto oficial ni constituye concepto jurídico: consulte la fuente para conocer el texto completo y su vigencia, y valide su aplicación con un profesional competente.
Lleve esta norma a su programa
Toxify relaciona cada requisito con su fundamento y lo convierte en políticas, procedimientos e indicadores para su organización.
Haz tu programa →