Despido de operador de camión de explosivos de Drummond Ltd. por positivo a cannabinoides en prueba aleatoria de orina; carga de probar afectación o riesgo.
| Tipo | Sentencia |
|---|---|
| Denominación | Sentencia SL771-2024 (Rad. 95409) |
| Autoridad / emisor | Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral (M.P. Iván Mauricio Lenis Gómez) |
| Fecha | 13 de marzo de 2024 |
| País / ámbito | Colombia |
| Estado | Vigente |
Resumen
Sentencia de casación de la Sala Laboral de la Corte Suprema (M.P. Iván Mauricio Lenis Gómez), del 13 de marzo de 2024, radicación 95409. Un operador de camión de explosivos de Drummond Ltd., vinculado desde 1997, fue seleccionado para una prueba aleatoria de orina al iniciar turno el 11 de septiembre de 2014; el resultado positivo a cannabinoides fue confirmado por laboratorio y la empresa lo despidió con base en su reglamento interno y su reglamento de alcohol y drogas. La historia clínica registró, sin embargo, buen estado físico y mental y coordinación normal. El Tribunal de Valledupar descartó la ineficacia del despido, pero lo declaró injusto y condenó al pago de la indemnización convencional. La Corte no casó: la empresa no demostró que el consumo afectara el desempeño o creara un riesgo concreto, y presumió el peligro por el solo hecho del consumo. Reiteró que el juez debe valorar la gravedad aunque el reglamento califique la falta como grave, y que es aconsejable abordar primero el consumo como problema de salud, con asesoría y, de ser el caso, tratamiento. Se anunció salvamento de voto.
Contenido principal
- Hechos (I): contrato de 1997 a 2014; prueba aleatoria de orina el 11 de septiembre de 2014 al inicio del turno; confirmación de laboratorio; despido el 29 de septiembre de 2014; el trabajador negó haber consumido.
- Instancias: el Juzgado de Chiriguaná declaró ineficaz el despido y ordenó el reintegro (2017); el Tribunal de Valledupar revocó, halló cumplido el trámite convencional y condenó a 132.936.925 pesos por despido injusto (2021).
- Problema (VIII): si el Tribunal erró al exigir prueba de afectación del desempeño o de riesgo y al considerar necesario el acompañamiento médico previo.
- Regla: el consumo de marihuana en sí no es sancionable laboralmente; lo es en la medida en que afecte negativa y directamente el desempeño, con apoyo en la C-636 de 2016, la SL8002-2014 y la SL1292-2018.
- Regla: aunque el reglamento califique una falta como grave, el juez debe valorar su gravedad según las circunstancias del caso (cita la SL2857-2023).
- Prueba: la historia clínica solo indicaba niveles elevados de THC sin precisar sus efectos; el examen físico fue normal y la carta de despido no sustentó el riesgo alegado.
- Casación: los hechos notorios y los indicios no sirven para demostrar un error de hecho por la vía indirecta.
- Enfoque de salud: es aconsejable considerar el consumo primero como problema de salud y ofrecer asesoría y, si procede, tratamiento antes de ejercer la potestad disciplinaria.
- Decisión: no casa la sentencia del Tribunal; costas a cargo de Drummond Ltd. con agencias en derecho de 11.800.000 pesos; se anunció salvamento de voto.
- Consecuencia práctica: un positivo confirmado no basta; el empleador debe documentar la afectación del desempeño o el riesgo concreto y el abordaje de salud ofrecido.
¿Por qué importa para su programa de prevención?
Un positivo aislado no basta: el programa debe documentar la afectación del desempeño o el riesgo concreto, además de la política y el reglamento.
Fuente oficial
https://www.cortesuprema.gov.co/corte/wp-content/uploads/relatorias/la/bmay2024/SL771-2024.pdf
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Otras fuentes consultadas
Resumen informativo elaborado por el equipo de Toxify a partir de la fuente citada, consultada en octubre de 2026. No reproduce el texto oficial ni constituye concepto jurídico: consulte la fuente para conocer el texto completo y su vigencia, y valide su aplicación con un profesional competente.
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